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Immigration Lawyer Miami
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SERVICIO PERSONALIZADO Y PROFESIONAL CON UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN QUIEN CRECIÓ CON INMIGRANTES.

Local, Nacional y Mundial Representacion  Disponible

Donde quiera que estés,
Alex Barak puede ayudarte

Para servicios personalizados y profesionales de un abogado que creció entre inmigrantes.

 

Para cualesquiera que sean sus necesidades legales, ponga su caso en manos de un abogado que ha estado practicando leyes con su corazón y alma  por más de 39 años desde 1981, Alex Barak.  Hay tres cosas en la vida con la que una persona no debe jugar: su seguridad, su salud, y su estatus de Inmigración.

 

Alex Barak ha representado exitosamente miles de inmigrantes a los Estados Unidos en las oficinas de Miami, Hialeah, Oakland Park, Fort Lauderdale, West Palm Beach, en el Centro de Detenciones de Krome, en el Centro de Transición de Broward, dentro y fuera del Estado de la Florida.  Alex Barak ve clientes en el extranjero tanto en Europa, Asia, como en América Latina.  En su oficina Ud. podrá ver fotos de él estrechando manos y conversando con Ronald Reagan, nuestro pasado Presidente No. 40, así como otros dignatarios y Primeros Ministros de otros países.

Immigration Lawyer Miami

Alex Barak puide personalmente ayudarlo en las siguientes categorías y más:

  • E-2 Visa

  • EB-5 Visa

  • L-1A, Visa de Trabajo

  • Los Diferentes Tipos de Visas de Trabajo

  • Comprometidos Con Un Ciudadano Americano

  • Y La Visa K-1

  • Asilo

  • Defensa de Deportación

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GREEN CARD
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Resumen de las Guías de Inmigración

GREEN CARD POR MEDIO DE MIEMBROS DE FAMILIA

Un ciudadano Americano puede aplicar por sú esposo/a, padres ó hijos menores de 21 años mediante una categoría que no tiene tiempo de espera.  Solo lo que lleva procesarlo.

El extranjero que necesita el green card necesitará:

  1. Proveer 2 fotos tamaño de pasaporte,

  2. Ir a un examen medico especifico de inmigracion, y

  3. Submitir sus huellas digitales, para que el gobierno pueda revisar sú historia criminal.

  4. Habrá tambien una entrevista en la oficina de inmigración mas cercana, a la cuál sú abogado asistirá con usted.

 

En cuanto a sú permiso de trabajo, es usualmente obtenido a travez de sú petición de familia para el green card por el ciudadano Americano ya sea esposo/a, por medio de un padre solicitando a un hijo/a menor de 21 años o por un ciudadano solicitando a un padre/madre.  La entrevista usualmente se lleva a cabo en un período de 4-6 meses.  Al ser aprobado por el official de Inmigración, usted recibirá sú green card por correo en ún periodo de no más de 2 semanas

Por otro lado, si la persona solicitando el green card se encuentra fuera de los Estados Unidos, entonces tomaría por lo menos un año traerlo a los Estados Unidos y la entrevista de inmigración seria en la Embajada Americana.

 

La ley permite a uno traer a los Estados Unidos a un/a finace por medio de un/a visa de fiancé.  Una vez que el/ella fiancé llega a los Estados Unidos, la pareja  tiene 90 dias para casarse  y para aplicar por el green card para el fiancé, ahora el esposo/a.  El esposo/a debe casarse, ó regresar a sú país de origen, excepto si desea pedir Asilo.

GREEN CARDS A TRAVEZ DE INVERSION, TRABAJO U OCUPACION

EB-5, ENTREPENEUR, INVERSIONISTA

Si un individuo invierte $1,800,000.00 o en conección con un grupo de inversionistas en el cuál el sería el director/gerente principal, el cuál invierte $1,800,000.00 de una inversión mayor en un negocio nuevo el cuál contrata 10 o más empleados  Americanos ó residentes permanentes, ó si una compañia existente es comprada cón ún millon de dolares y esta es expandida por lo menos por un 40% más, es posible obtener el green card ó la residencia permanente.

Cualquier persona tratando de obtener el green card por medio de esta categoría debe poder probar que sús fondos fueron obtenidos legalmente y debe saber que el mismo será condicional por dos años, el cuál será luego convertido a uno permanente.  En ciertas areas de los Estados Unidos, donde el desempleo es muy alto, la inversión requerida es de $900,000.00.  Hay proyectos específicos aprobados por el gobierno los cuales se puede entrar por $900,000.00.  El inversionista invierte en una sociedad limitada y los requerimientos de gerencia son delegados.  En esta inversión, es como sí se estuviera comprando un green card.

 

Alguien interesado en una categoría legítima de inversionista necesita buscar por ún plan, el cuál garantize que un minimo de $900,000.00 es invertido en un negocio y que usted tiene derecho a ún porcentaje de los dividendos que el negocio genera.  Esta categoría de inversionista se puede utilizar por una persona muy rica sin ningúna historia criminal que no califique en la categoría de Gerente Multi-Nacional, como ún doctor, abogado, ó cualquier persona rica no-gerente/ejecutiva.

EJECUTIVO O GERENTE MULTINACIONAL

Una persona que es gerente o ejecutivo de una compaña multinacional puede aplicar directamente por el green card si la sucursal en los Estados Unidos ha estado activa por lo menos por un año.  Hay un procedimiento muy conocido en donde una compaña extranjera abre una subsidiaria nueva en los Estados Unidos y envía a un gerente ó ejecutivo a manejar dicha subsidiaria.  Entonces, del 1 a 7 años, la compañia en los Estados Unidos solicita el green card para esta persona.  Se decidirá cuando solicitar por dicho green card, en base a la cantidad de empleados y otros factores financieros. Un abogado con experiencia sería el adecuado para asesorar en estas decisiones.

 

Un camino corto al green card es la categoría llamada Ejecutivo Multinacional ó Gerente Extranjero en donde se compra un minimo de 51% ó hasta el 100% de una compañia Americana la cual debe tener un minimo de 5 empleados;  entonces la nueva compañia puede solicitar directamente por el green card para este gerente ó ejecutivo extranjero y puede asi omitir la visa L-1 la cuál es una visa temporal de trabajo. Vea el artículo separado.

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EXTRAORDINARIO EN LAS ARTES, CIENCIAS, EDUCACION, NEGOCIOS, DEPORTES

Esta es una categoría para personas que son extraordinarias en su profesión.  Es otorgada por ejemplo en el beisbol, basketbol, estrellas del tenis, estrellas de la musica, profesores internacionales, ingenieros ó physicistas.

VISAS DE TRABAJO TEMPORALES

Hay dos tipos de visas de trabajo: aquellos que especificamente estan ligados a un empleador por medio de sú visa de trabajo a travez de un green card por medio de un familiar, el cual le permite a al resto de la familia trabajar donde desee.

 

No todas las visas permiten a la familia trabajar ó les garantiza un permiso de trabajo.  Uno debe ser elegible para la misma.

 

Las visas de trabajo H1-B la cual es para ún graduado universitario el cuál tiene una oferta de trabajo ó una educación de una institución la cual equivale a un diploma universitario, es una visa la cual puede ser renovada hasta 6 años.    Esta es una visa la cual es una cantidad de visas restringidas que son otorgadas cada año.  El Mercado de estas visas se abre cada año en Abril 1, para empesar a trabajar en Octubre 1, y la cantidad de 65,000 visas otorgadas cada año son utilizadas casi inmediatamente.  Si usted tiene un diploma del exterior, (no de los Estados Unidos), este debe ser evaluado por una agencia que se especializa en certificar dichos estudios y comprobar que son equivalente a un diploma en los Estados Unidos.  La esposa/o é hijos menores   de una persona que obtenga una visa H1-B obtiene una visa H-4, la cual les permite vivir en los Estados Unidos é ir a la escuela pero no trabajar.

La VISA E-2

La visa E-2  es una visa de inversion.  Muchos paises en el mundo tienen un acuerdo que le permite a sus ciudadanos a obtener esta visa en los Estados Unidos.

El inversionista debe colocar no menos de $100,000.00, en inversión, ó sea, firmar un lease ó alquiler por varios años en una tienda ó warehouse, firmar facturas/contratos por mercancia, ó real estate el cual require empledos que manejar y trabajar en el mismo.

El debe demostrar que el controla la compañia demonstrando que es el dueño de no menos del 51% del negocio, ó 50% del contrato otorgandole completo control operacional del negocio.

Este inversionista dirijirá y crecerá el negocio.  La inversión de este negocio no debe ser pasivo en ningún momento, debe estar orientado a crecer, a contratar más empleados, etc.

Si es cierto que la Visa E-2 no conlleva directamente a un green card, ésta visa puede ser renovada indefinidamente mientras el negocio esté operacional.  El portador de una visa E-2 tambíen obtiene una visa E-2 para sú esposa/o e hijos menores de 21 años.  La esposa/o obtiene un permiso de trabajo el cual le premite trabajar donde desee una vez este aprobado.  A los hijos les permiten ir a la escuela.

 

Empleados de suma importancia también pueden ser aprobados para la visa E-2, siempre y cuando mantengan el mismo pasaporte que el inversionista principal.

VISA L-1A VISA TEMPORAL DE TRABAJO

Transferencia entre compañias.  Un gerente ó ejecutivo de una compañia principal es transferido a una compañia subsidiaria or relacionada de la compañia extranjera a los Estados Unidos.

Por otro lado, la visa L-1 para ún ejecutivo o gerente multinacional es una manera excelente para ún extranjero que es dueño ó gerente de un negocio y desea transferir a los Estados Unidos.

La visa L-1B es para ún trabajador con conocimientos especializados que se encuentra en la compañia extranjera y es necesitado en la subsidiaria.  Esta visa puede ser obtenida por cinco años.

Un permiso de trabajo es usualmente obtenido a travez de una petición de familia para un green card para un ciudadano como esposo ó esposa.  

 

Un Americano padre de familia solicitando por un hijo menor de 21 años ó un ciudadano solicitando por un padre.  Este permiso de trabajo es recibido en un periodo de 2 – 3 meses una vez que el caso ha sido aplicado para el green card.  La entrevista usualmente se lleva a cabo en cuatro meses.  Al ser aprobado, usted recibirá su green card en el correo en ún periodo de dos semanas.

Asylum Lawyers in Miami Florida

ASILO

Si Ud. puede llegar a los Estados Unidos, puede aplicar por el Asilo.  Asilo es una buena opción, si Ud. ha sufrido persecución o tiene miedo fundado u originado a raíz de su raza, religión, nacionalidad, o debido a su membresía a un grupo en particular o debido a su opinión política.

Ud. puede solicitar esta visa dentro de un periodo de un año de haber llegado a los Estados Unidos, o si usted tiene una visa de trabajo o de estudiante, usted puede aplicar al final de estas visas.

Si Ud. aplica por el Asilo, Ud. obtendrá un recibo por el pago del costo del trámite y a través de este recibo, Ud., su esposo(a), e hijos menores de 21 años, estarán protegidos por los Estados Unidos mientras se espera por su entrevista, la cual se llevara a cabo durante los siguientes 45 días.  Aunque la ley Federal indica que dicha entrevista debe llevarse acabo durante los 45 días  de haber tramitado el Asilo, en estos momentos Inmigración está tomando hasta más de dos años desde el momento del trámite para llevar a cabo dicha entrevista.  Nadie en el gobierno está dispuesto a solucionar este problema tan serio. Por casi 20 años, las entrevistas de Asilo fueron llevadas a cabo durantes los 45 dias desde momento del inicio de la tramitación y en el 90% de los casos.

El gobierno, permite a los aplicantes y sus familiares que ya han esperado 150 días, obtener un permiso de trabajo y así obtener un número de seguro social.

Una vez entrevistados y aprobados, Ud. recibirá estatus legal de “ASYLEE” y su permiso de trabajo.  Después de un año y un día de haber sido aprobado, obtendrá automáticamente derecho a aplicar por su ciudadanía.

Su aplicación para Asilo debe ser bien detallada y las condiciones en su país las cuales han sido perjudiciales para Ud. y su familia deben ser mencionadas y publicadas en el reporte de los derechos humanos y en artículos en periódicos.  Además, debe mostrar documentación para probar su caso, el cual puede incluir records médicos o de hospitales, entre otros.

Asilo es uno de las áreas de inmigración más detalladas legalmente.  Es necesario un abogado de mucha experiencia y con un nivel muy profesional de escritor para manejar este tipo de casos.

El elemento necesario para asilo es un “miedo sumamente aferrado” ya sea de aspectos subjetivo y objetivo.  En orden de poder demonstrar un miedo sumamente real de regresar a su país, el solicitante del asilo debe poder establecer que él/ella tiene ambos miedos subjetivos y miedos objetivos de regresar a su país de origen. 

   

El elemento subjetivo  quiere decir que el solicitante tiene un miedo genuino.  El componente subjetivo requiere que el solicitante demuestre un miedo genuino de persecución.

El solicitante del Asilo testimonio cándido y creíble demostrando su genuino miedo de persecución es suficiente para cumplir este componente de la solicitud.  Una evaluación del elemento subjetivo en inseparable de una evaluación de la personalidad del solicitante, pues reacciones psicológicas de diferentes individuos no serán iguales en circunstancias similares.

Significado de miedo bien fundado: en el momento que una situación es establecida por la evidencia, no es necesario demostrar que la situación podrá probablemente resultar en persecución, pero es suficiente que la evidencia refleje un miedo razonable de persecución.

La Suprema Corte de los Estados Unidos ha establecido que un chance de 10% de persecución puede resultar en un miedo genuino suficiente para aplicar para el asilo.

Si el objetivo componente es establecido por la evidencia, no es necesario comprobar que la situación resultara probablemente en persecución.  Es solo necesario demostrar que la persecución es una posibilidad razonable.  En otras palabras, si una persona razonablemente en una circunstancia similar va a temer persecución al regresar a su país de origen, el estándar es suficiente.

Hay un “foco obvio en la creencia subjetiva del individuo” en evaluar si su temor fundado es genuino.  

Probar, la razón exacta de persecución o miedo de persecución puede ser casi imposible en algunos casos; por lo tanto, un solicitante de asilo solo debe establecer hechos en los cuales una persona razonable tendría miedo que el peligro “surge por cuenta o por causa de una de las razones o disposiciones protegidas por esta categoría.” 

 

Para determinar si hay o no un genuino temor de persecución, las “condiciones del país del solicitante, sus leyes, y la experiencia de otros, son relevantes.  Los deseos del solicitante de evitar la situación que implique el riesgo de persecución” puede ser suficiente para probar un miedo genuino, el cual establece elegibilidad para el Asilo.

El solicitante de Asilo ha experimentado persecución en el pasado da pauta más favorable a la presunción refutable en favor de obtener el Asilo.

EL REAL ID Act. Of 2005, Pub. L. 109 – 13, Div. B, 119 Stat. 231 301 (2005), las provisiones aplicables en relación a la determinación a la credibilidad a los “testimonio del solicitante puede ser suficiente para mantener la carga del solicitante sin corroboración, pero solo si el solicitante satisface al verificador de los hechos que el testimonio del solicitante es creíble, persuasivo y se refiere a suficientes hechos específicos que demuestren que el solicitante es un refugiado.”

 

Tortura califica como persecución.   Lo mismo como  de privación económica cuando las condiciones resultan en lo suficientemente severas.

DEFINICION DE PERSECUCION

Mientras el término “Persecución” por la INA de ninguna forma está claramente definido, la BIA ha proveído  algunas ideas sobre los parámetros a la terminología: “(El infligir, o imponer castigo o daño, con la aprobación del gobierno, contra personas que se diferencian en una forma reconocida como ofensiva ya sea, religión, raza, opinión política, etc.), en maneras condenadas por gobiernos civilizados.  El daño por sufrimiento no necesita ser físico, pero puede tomar otras formas, tal como imponer deliberadamente severas desventajas económicas o la negación de libertad, comida, vivienda, trabajo u otros  tipos de esenciales para vivir.

 

ESTABLECIMIENTO DE PERSECUCION

“Una vez que el solicitante ha establecido que ha experimentado persecución en el pasado, la única pregunta relevante  es si las condiciones en su país han cambiado de manera que si estas, no serían una amenaza al regresar a su país.”

Hablando prácticamente, es el gobierno el que debe demostrar o refutar la presunción, ya sea proveyendo pruebas adicionales o basándose en evidencias ya existentes en el record.   En el supuesto normativo de persecuciones futuras es refutadas, “el peligro de persecución generalmente superan todos menos los más atroces de factores adversos.”

 

Solo contrate a un abogado de Inmigración con vasta experiencia en casos de Asilo.

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Preguntas De Inmigración

 

Como obtengo la visa de inversionista y el Green card a través de inversiones?
Hay diferentes avenidas, y saber escoger cual es la apropiada para sus necesidades es muy importante – aplicar la categoría errónea puede resultar en una negación, y crear atrasos en su oportunidad de venir a los Estados Unidos, o incluso una negación total previniendo su entrada a este país.  No solo Alex T. Barak lo aconsejará en qué tipo de categoría Ud. debe aplicar, también asumirá control total y manejo del proceso de su aplicación, para obtener éxito.

 

Como obtengo una visa de trabajo?
Hay muchas clases de visas de trabajo, y la que Ud. aplique es extremadamente importante – aplicar por la visa equivocada puede resultar en una negación, y crear atrasos en su oportunidad de venir a los Estados Unidos, o incluso una negación total previniendo su entrada a este país. No solo Alex T. Barak lo aconsejará en qué tipo de categoría Ud. debe aplicar, también asumirá control total y manejo del proceso de su aplicación, para obtener éxito.

 

Como obtengo Asilo?

Si su vida o sus derechos en relación a su etnicidad, religión, raza, nacionalidad o afiliación política o si se encuentran amenazados en su país de origen o afectados, Ud. podría solicitar asilo en los Estados Unidos. Muchas veces, solicitar asilo es extremadamente sensitivo, el cual debe ser aplicado a un año de su llegada.  A través de nuestra carrera, hemos manejado muchísimos casos de asilo con nuestras habilidades del dominio, lenguaje apropiado y manejo de su aplicación, para obtener éxito.

 

Como obtengo la ciudadanía?
Personas que ya tienen el Green card y han residido en los Estados Unidos por cinco años o más tienen derecho a obtener la ciudadanía.  Aquellos casados y que todavía viven con sus parejas pueden aplicar después de tres años.  Sin embargo, el proceso para aplicar por la ciudadanía no es fácil; hay muchos factores que pueden interferir con su camino a la ciudadanía, y retrasar su proceso.  Nosotros haremos todo lo posible para evitar todos los obstáculos para que obtenga la ciudadanía y así obtener su meta que es la ciudadanía americana.

Quien puede ayudarme en mi defensa a la deportación?

Si Ud. no está viviendo legalmente en los Estados Unidos y se le descubre, Ud. estaría enfrentando la posibilidad muy real de la deportación. De igual manera afecta a los que se encuentran legalmente en los Estados Unidos, pero no tienen la ciudadanía y tienen récord criminal. En algunos casos la deportación es inevitable, nosotros lo asesoramos de forma que preparamos su caso resaltando por que se le debe permitir quedarse en los Estados Unidos, solicitamos un “alivio y/o una exoneración o cancelación,” y ayudar a tomar los pasos necesarios para mantener u obtener status legal.
 

Sobre Nosotros

Alex T. Barak nació en Nueva York de un padre de nacionalidad polaca y una madre de nacionalidad rusa. Está casado y tiene dos hijos, uno es Ingeniero y el otro estudiando para su PHD en Ingeniería Mecánica. Alex se graduó de la Universidad de Queens la Universidad de la ciudad de Nueva York con un BA en Ingles en solo tres años. Después, recibió una beca para estudiar leyes – un programa de tres años en la Universidad de Miami, Escuela de Leyes graduándose en 1981.  Él pone sus 39 años de experiencia a su servicio. En su oficina, de manera muy orgullosa tiene una fotografía dándose la mano con nuestro expresidente Ronald Reagan.

 

No hay sustituto para este alto grado de experiencia.

 

Su caso es tomado con un solo motivo en mente, y este es de ser APROVADO  y/o de GANAR su caso.

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PENALIDADES POR VIVIR EN AMERICA ILEGALMENTE

Cualquier persona que haya vivido en los Estados Unidos ilegalmente por seis meses a un año a partir de Abril1, 1997, y luego se haya vuelto elegible a un green card, sera prohibido por un periodo de tres años.  Si esta persona ha sido illegal por ún periodo de tres años.  Si esta persona ha sido illegal por un periodo en exceso de un año y luego se vuelve elegible a obtener un green card, entonces esta persona sera prohibido/a a 10 años.  La unica excepción es si esta persona se casa con un ciudadano/a Americano/a, un padre/madre de un ciudadano/a Americano/a menor de 21 años, cuando se está considerando a la aplicación para el green card, ó si la petición del inmigrante o certificación de trabajo fue registrado para esta persona estaba físicamente en los Estados Unidos en Abril 30, 2001.

Consultas Gratuitas por Teléfono (954) 961-6200 

En adición al gran spectrum de servicios de inmigración que Alex T. Barak ofrece, también provee servicios legales en relación a la formación de negocios, contratos y leases, compra y venta de negocios, litigación comercial y financiamiento de proyectos.  Mucho de Uds. necesitan un abogado que sea versátil y con experiencia en todas estas áreas para un One-Stop Shopping.  Si Ud. necesitara ayuda legal en algún área en la cual Alex Barak no pudiera representarle, el seria la persona adecuada para referirlo a un exitoso y comprobado, con experiencia y honesto abogado que el conozca.

 

Sirviendo toda la Florida y más allá.

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  • Treinta siete años de experiencia en Inmigración

  • Atención personalizada por el propio abogado

  • Servicio rápido

  • Atención especial a detalles

  • El abogado es un profesional del Idioma Ingles

  • Consultas gratis por teléfono

  • Flexibilidad con las citas

  • Trabajamos su caso en conjunto con Ud.

  • Servicio dedicado y con cariño

  • RESULTADOS

Hay tres cosas en la vida con las que nunca debes arriesgarte:

  1. Tu salud

  2. Tu seguridad

  3. Su estado migratorio

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MIRAR: VEA SU VIDA FUTURA EN AMÉRICA

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Cuando contrata las Oficinas Legales de Alex T. Barak, P.A., está contratando una firma de abogados que presta atención a los detalles, que ofrece servicios personalizados y que le brindará una consulta gratuita. Para programar el suyo hoy, llame a nuestras oficinas legales ahora al 954-961-6200, o use nuestro formulario de contacto en línea para contarnos más sobre su caso hoy.

 

La contratación de un abogado es una decisión importante que no debe basarse únicamente en anuncios. Antes de tomar una decisión, pídanos que le enviemos información escrita gratuita sobre nuestras calificaciones y experiencia.

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